REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS IRIBARREN, CRESPO Y URDANETA
En fecha 23/01/2003, siendo la oportunidad fijada por el Tribunal, se constituyó el Juez y Secretario en la dirección indicada en el Acta. A solicitud del Apoderado Actor. A fin de cumplir el Embargo Ejecutivo, nos atiende la Gerente Bancario, y se notificó de la misión del Tribunal. El Apod. Actor señala dinero a plazo fijo en Certificado de Custodia indicados en acta. El Juez los Embarga Ejecutivamente consumando la desposesión jurídica, y ordena al Banco emitir Cheque de Gerencia. La Notficada informa que se hará Cheque por 41.620.595,53 Bs., pero la cuenta siguiente y por la cantridad de 81.893.772,31 no será posible sino el 12/01/2004, por estar a plazo fijo. El Apod. Actor se reserva el derecho de ejercer cualquier acción legal por daños y perjuicios por lo a su criterio es un desacato legal del Banco al no entregar la totalidad de la suma. El Tribunal cumplida su misión, regresa a su sede siendo las 3:00 pm. Se levantó Acta y la firman los intervinientes.