REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Control de Barquisimeto
Barquisimeto, 29 de Octubre de 2003
193º y 144º
ASUNTO PRINCIPAL : KP01-S-2003-009603
Visto el escrito que antecede en el cual el Fiscal Quinto del Ministerio Público, solicita la desestimación de la denuncia formulada por Giuseppe Bellino Lanza, Cédula de Identidad 8.656.179, de nacionalidad Italiana, estado civil soltero, de 81 años de edad, residenciado en el Sector La Cruz cerca de la Cachapera El Saman, Barquisimeto, Estado Lara.
LOS HECHOS
En fecha 03-10-00 la persona antes identificada manifiestó por ante el Destacamento No. 13 de la Fuerzas Armadas Policiales del Estado Lara, lo siguiente: " Es el caso que aproximadamente como dos meses me notificó el vigilante que cuida un galpón de mi propiedad, que habia mandado a reparar la escopeta con un compañero de él de nombre José Bermudez y que se encontraba alquilado en el Cerrito, posteriormente me indicó que se habia marchado, teniendo en su poder la escopeta.
Considera el Ministerio Público que la presente averiguación, se advierte que los hechos encuadrarón en una Apropiación Indebida Simple, prevista y sancionada en el Articulo 468 del Código Penal el cual es enjuiciable por acusación de parte agraviada.
Ahora bien de acuerdo a los hechos narrados considera este Tribunal que los mismos revisten carácter penal, pero son perseguibles solo por acusación de parte agraviada.
Razón por la cual el Ministerio Público solicita la desestimación de la denuncia de conformidad con lo establecido en el articulo 301 del Código Orgánico Procesal Penal por no tener carácter penal los hechos antes mencionados.
DISPOSITIVA.
De acuerdo a lo antes señalado este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley DESESTIMA la denuncia interpuesta por el ciudadano Giuseppe Bellino Lanza, plenamente identificado en autos de conformidad con los articulos 301 y 302 del Código Orgánico Procesal Penal.
Se acuerda remitir las presentes actuaciones a la Fiscalia solicitante para su archivo en su oportunidad legal. Notifíquese al denunciante, al denunciado y al fiscal. Regístrese y Cúmplase.
El Juez de Control
El Secretario
Abog. Ramón Aguilar
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