REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, diecisiete de octubre de dos mil tres
193º y 144º
ASUNTO: KP02-F-2003-000384
La ciudadana LIZBETH DEL CARMEN BRICEÑO TORRES, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nro. V- 10.773.270, manifestó estar separado de su cónyuge EDGAR ISAIAS ALCANTARA FERMÍN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 4.948.956, y de este domicilio, desde hace más de cinco (5) años por lo que solicita el Divorcio. Acompañó Acta de Matrimonio. Admitida la solicitud el 29-09-2003, se notificó a la Fiscal Decimoquinto del Ministerio Público, se acordó la citación, la cual fue lograda en forma personal. En fecha 11-08-2003, se realizó el Acto de Contestación. Este Tribunal para decidir observa:
ÚNICO: Cumplidos los requisitos del Artículo 185-A del Código Civil, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara DISUELTO el vinculo que contrajeran los ciudadanos LIZBETH DEL CARMEN BRICEÑO TORRES y EDGAR ISAIAS ALCANTARA FERMÍN ya identificados, por ante el Juzgado Primero de los Municipios Urbanos del Estado Lara, en fecha 15 de Diciembre de 1989. Ofíciese al Juzgado y al Registrador Principal correspondiente. La presente sentencia queda firme en su misma fecha.
Publíquese y Regístrese.-
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.-
En Barquisimeto, a los diecisiete días del mes Octubre de dos mil tres. Años: 193° y 144°
LA JUEZ EL SECRETARIO
ABOG. PATRICIA CABRERA ABOG. JOSÉ A. OCHOA
Publicada en su fecha a las 10:30 a.m.
EL SUSCRITO SECRETARIO DEL JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DEL ESTADO LARA CERTIFICA LA EXACTITUD DE LA COPIA ANTERIOR, LA CUAL ES TRASLADO FIEL DE SU ORIGINAL. FECHA UT-SUPRA.
EL SECRETARIO
ABOG. JOSÉ A. OCHOA.
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