REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, doce de abril de dos mil cuatro
193º y 145º

ASUNTO : KP02-S-2004-001494

La ciudadana ELEANNY JOSEFA RANGEL CASTILLO venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad N° 5.252.251, solicitó la Rectificación de su Acta de Nacimiento, en el sentido de que figura escrito su primer nombre como "ELEAMNY" siendo el nombre correcto "ELEANNY". La solicitud se admitió a sustanciación, y se acordó notificar a la Fiscal del Ministerio Público.
Este Tribunal para decidir observa:
UNICO: Con los recaudos acompañados, y la notificación de la Fiscal Décimo Quinto del Ministerio Público consignada, ha quedado comprobado el error señalado, por lo que este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ACUERDA rectificar el Acta de Nacimiento de la solicitante en el sentido de que el nombre correcto es "ELEANNY". En consecuencia, se ordena al JEFE CIVIL DE LA PARROQUIA JUAREZ DEL MUNICIPIO IRIBARREN ESTADO LARA, y al REGISTRADOR PRINCIPAL DEL ESTADO LARA, inserte la nota marginal correspondiente en dicha Acta signada con el Nro. 88, folio 44 Vto. Año 1.958. La presente sentencia queda firme en esta misma fecha.-
Publíquese y regístrese.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal, en Barquisimeto a los 12 días del mes de Abril del dos mil cuatro.- Años: 193º y 145º.-

LA JUEZ,
(FDO)
ABG. PATRICIA CABRERA MANFREDI

LA SECRETARIA ACC.,
(FDO)
ABG. LORELY PINEDA M.

Publicada en su fecha a las 12:00 a.m.

Seguidamente se oficio bajo los Nos. 0900-1125 Y 0900-1126 respectivamente

PCM/LPM/Zaira.