REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintisiete de abril de dos mil cuatro
194º y 145º
ASUNTO : KH02-V-2001-000021
Por cuanto de la revisión de las actas que conforman el presente expediente se observa que existe una apelación en contra de la decisión que declaró perimida la acción de Cobro de Bolívares seguido por AEROTECNICA CARDENAL COMPAÑIA ANONIMA contra JORGE AUGUSTO OMAÑA ARELLANO, cuya acumulación al presente juicio fue solicitada por la parte demandada y por cuanto la decisión que en definitiva recaiga en dicho procedimiento afecta la que haya de dictarse en este, se declara la prejudicialidad aplicando el criterio flexibilista abanderado por la Sala de Casación Civil desde la promulgación de la Constitución de 1999, en consecuencia se declara paralizado el presente juicio hasta tanto se dicte decisión definitiva en relación con la perención decretada en el juicio de Cobro de Bolivares que existen entre las mismas partes, actualmente en el Juzgado Superior, y una vez conste en autos la misma se procedera a dictar sentencia en este juicio el DECIMO DIA DE DESPACHO SIGUIENTE. *men*
La Juez
Tamar Granados Izarra
La Secretaria Acc.
María Fernanda Alviárez Rojas