Este Juzgado del Municipio Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, A tenor de lo previsto en el artículo 520 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, DECLARA CON LUGAR, la solicitud de pensión de alimentos, intentada por la ciudadana: YOMAIRA DEL CARMEN CARIPA MARCHAN, contra HELI JOSE ADAMES.-Se fija como monto de pensión de alimentos, la cantidad de CIENTO CINCUENTA MIL BOLIVARES MENSUALES (Bs, 150.000) a partir del mes de Mayo del presente año, por pensiones adelantas ,tal como lo establece el articulo 374 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.-El 100% de gastos médicos, escolares y vestimenta, tal como fue ofrecido por el Demandado.-Se levanta la pensión provisional ordenada en auto de fecha:10-12-2003.-
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