REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Transitorio de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, trece de abril de dos mil cuatro
193º y 145º

ASUNTO : KP02-L-2003-000193
PARTE ACTORA. GUILLEN ROA LOURDES COROMOTO
APODERADO DEL ACTOR. ALBERTO JOSE TORRES QUINTERO
PARTE DEMANDADA. INVERSORA PARTICIPAR S.A. Y AUTOMOTRIZ PARTICIPAR C.A.
APODERADO DE LAS DEMANDADAS. MERVIN ROLANDO DIAZ T Y PABLO ELIAS LEAL L
MOTIVO. COBRO DE PRESTACIONES.

En el dia de despacho de hoy, siendo las 10:00 a m. dia y hora fijados para que tenga lugar la Prolongación de la Audiencia Preliminar, se anunció el acto a las puertas del Tribunal y comparecieron: Por la parte actora el abogado ALBERTO JOSE TORRES Q, inpreabogado N° 70.219, y por las demandadas los abogados MERVIN ROLANDO DIAZ TORREALBA, inpreabogado N° 29.891, apoderado judicial de la empresa INVERSORA PARTICIPAR S.A. Y PABLO ELIAS LEAL LEAL, inpreabogado N° 86.267, apoderado judicial de la empresa AUTOMOTRIZ PARTICIPAR C.A., dándose asi inició a la prolongación de la presente audiencias. En este estado presente el apoderado de la parte actora expone: Desisto de la presente acción de cobro de diferencias de prestaciones sociales interpuesto contra las sociedades Mercantiles AUTOMOTRIZ PARTICIPAR E INVERSORA PARTICIPAR, por las razones siguientes: Una vez evidenciadas las pruebas aportadas por las partes demandadas muy especialmente la liquidación de pago de diferencias de prestaciones sociales recibidas por mi mandante donde la misma recibe en su totalidad los creditos laborales demandados . Es todo. este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del Trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO dándole efecto de la Cosa Juzgada. Se da por terminado la presente causa y se ordena el achivo del expediente. Termino, se leyó y conformes firman. Se cerró la audiencia a las 12:00.p.m.


El Juez



Abog. Enio José Rivero Yaguas
El apoderado de la actora.


Los apoderados de las demandadas.


La Secretaria


Hilda de Quiñones.