En el día de hoy, Veinticuatro (24) de Agosto del año Dos Mil Cuatro (2.004), siendo las 09:45 a.m., se traslado y constituyó este JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PALAVECINO Y SIMON PLANAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA, por indicación y compañía de la Abogado MIREYA TAPIA, Inpreabogado N° 45.780, en la siguiente dirección: Residencia “El Cuvi”, Calle Principal, Casa Nro. 17, Cabudare Municipio Palavecino del Estado Lara; a fin de dar cumplimiento a la Comisión conferida por el JUZGADO SUPERIOR DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO DE LA REGION CENTRO OCCIDENTAL, con ocasión del Juicio EJECUTIVO, intentado por el SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACION ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT) de la Región Centro Occidental, contra la Contribuyente Sucesión Ana Maria Morales de Macias, en la persona de su heredero Carlos Luis García Macias, titular de la cedula de identidad Nro. 12.453.057, e su carácter de heredero de dicha Sucesión, para practicar Medida de EMBARGO EJECUTIVO. Se designa como Depositaria Judicial de los bienes a Embargar de conformidad con lo establecido en el articulo 292 del Código Orgánico Tributario al Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) de la Región Centro Occidental representada en este Acto por la ciudadana Abg. MIREYA TAPIA, titular de la cédula de identidad Nro. 8.064.425, quién estando presente acepto el cargo y juro cumplir con sus obligaciones y como Perito-Avaluador el ciudadano JUAN CARLOS PEREZ RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad Nro. 13.842.170, quién estando presente acepto el cargo y juro cumplir con sus obligaciones. Una ven en el lugar se hicieron los toques de Ley en la puerta del referido inmueble; siendo atendido por el ciudadano Pedro Luis Rivero Macias, titular de la cedula de identidad Nro. 6.896.680, quien manifestó ser primo del demandado, a quien se le notifico la Misión del Tribunal, este Tribunal deja constancia de que la dirección en la cual se encuentra constituido este Juzgado Ejecutor de Medidas aparece como domicilio Fiscal del demandado ciudadano Carlos Luis García Macias en su carácter de heredero de la Sucesión Ana Maria Morales de Macias, en los archivos del SENIAT. En este estado la Parte-Actora, expone: “Señalo para ser Embargado los siguientes bienes, es todo”. Seguidamente el Perito-Avaluador procedió a realizar el inventario de los bienes señalados por la parte-actora, siendo los siguientes: 1.- Un (01) Juego de Recibo compuesto por dos sofás, fabricados en madera con tela de cuadros de colores verdes y azul marino, en buen estado de conservación, valorado por la cantidad de Doscientos Cincuenta Mil Bolívares exactos (Bs. 250.000,00). 2.- Una (01) Lámpara compuesta de cinco bombillos, color plateado y negro, valorado por la cantidad de Ciento Cincuenta Mil Bolívares exactos (Bs. 150.000,00); 3.- Una (01) Lámpara compuesta de cuatro bombillos y ocho vidrios (vitrales) y metal, color plateado, valorado por la cantidad de Cincuenta Mil Bolívares exactos (Bs. 50.000,00). 4.- Una (01) Mesa de Centro de forma cuadrada compuesta de vidrio y base de Mármol, en buen estado, valorado por la cantidad de ciento Veinte Mil Bolívares exactos (Bs. 12.000,00). 5.- Un (01) Juego de Comedor de base de Aluminio y la parte superior de vidrio de forma hexagonal, incluye seis sillas fabricada en tubos, madera y malla en el asiento y espaldar, valorado por la cantidad de Ciento Ochenta Mil Bolívares exactos (Bs. 180.000,00). 6.- Un (01) Ceibo elaborado en madera, color amarillo con puertas y vidrios, valorado por la cantidad de Doscientos Ochenta Mil Bolívares exactos (Bs. 280.000,00). 7.- Una (01) Mesa de recibo compuesta de hierro y vidrios, valorado por la cantidad de Ochenta Mil Bolívares exactos (Bs. 80.000,00). 8.- Una (01) Telefonera de hierro y vidrios y presenta tres bases, valorado por la cantidad de Cuarenta y Cinco Mil Bolívares exactos (Bs. 45.000,00) 9.- Dos (02) Cuadros Grandes de diferentes motivos, ambos con marco de madera, valorado por la cantidad de Trescientos Mil Bolívares exactos (Bs. 300.000,00). 10.- Cinco (05) Cuadros de litografías, todos con marco de aluminio color dorado, valorado cada uno por la cantidad de Veinte Mil Bolívares exactos (Bs. 20.000,00) para un total de Cien Mil Bolívares exactos (Bs. 100.000,00). 11.- Tres (03) Cuadros de diferentes formas y figuras, de Autor Luis García, Años: 1989, con numero de identificación III/V, V/IX, II/V, todos con marco de madera y vidrios, valorado cada uno por la cantidad Veinte Mil Bolívares exactos (Bs. 20.000,00), para un total de Sesenta Mil Bolívares exactos (Bs. 60.000,00). 12.- Un (01) Televisor, marca SONY, de 19”, serial Nro. 4007629, modelo KV-21SB40P/8, presenta uso, valorado por la cantidad de Ciento Ochenta Mil Bolívares exactos (Bs. 180.000,00) 13.- Un (01) Televisor, marca DAEWOO de 19”, serial Nro. DTQ-20V1FS, usado, se ignora su funcionamiento, valorado por la cantidad de Ciento Cincuenta Mil Bolívares exactos (Bs. 150.000,00). 14.- Una (01) Lavadora, marca ADMIRAL, modelo DLAZOCB, serial Nro. VTFO40888, se ignora su funcionamiento, valorado por la cantidad de Doscientos Mil Bolívares exactos (Bs. 200.000,00). 15.- Un (01) Calentador, marca RECORD, serial Nro.865990, usado, valorado por la cantidad de Ciento Veinte Mil Bolívares exactos (Bs. 120.000,00). 16.- Un (01) Teléfono-Fax, marca PANASONIC, modelo KXF-FT21ILA, color negro, valorado por la cantidad de Ochenta Mil Bolívares exactos (Bs. 80.000.00). 17.-Una (01) Computadora compuesta por: Un Monitor, marca VIEWSPNIE, modelo VCDTS215224-3R. Un Teclado, marca SAMSUNG, numero de identificación 93108782. Dos Cornetas, marcas SPEAKER. Un Ratton, marca A8T-TECH, modelo MSW-%. Un CPU., aparentemente sin marca y serial. Un Regulador, marca INTEGRAL. El Computador se encuentra valorado por la cantidad de Cuatrocientos Cincuenta Mil Bolívares exactos (Bs. 450.000,00). 18.- Una (01) Silla, color negro, para computadora, de patas y giratorias, valorado por la cantidad de Cincuenta Mil Bolívares exactos (Bs. 50.000.00). 19.- Un (01) Mini-Componente, marca AIWA, serial Nro. CSD-A17OLH, valorado por la cantidad de Sesenta Mil Bolívares exactos (Bs. 60.000,00). 20.- Dos (02) Biblioteca, ambas fabricadas enmadera, color madera natural, es decir, sin pintura al natural, valorado cada una, por Cincuenta Mil Bolívares Exactos (Bs. 50.000,00), para un total de Cien Mil Bolívares exactos (Bs. 10.000,00). En este estado hizo acto de presencia la ciudadana Daisy Maria Macias Morales, titular de la cedula de identidad Nro. 3.081.966, quien manifestó ser tía del demandado, a quien también se le notifico la Fisión del Tribunal. El monto total de los bienes inventariados, ascienden a la cantidad de Tres Millones Setenta y Cinco Mil Bolívares exactos (Bs. 3.075.000,00). En este estado este Juzgado Ejecutor de Medidas, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y con la Autoridad que le confiere la Ley, decreta el Embargo Ejecutivo, de los bienes señalados por la Parte Actora, se desposesiona jurídicamente colocándolo en Posesión del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) de la Región Centro Occidental, representada en este acto por la ciudadana Abogada Mireya Tapia, antes identificada, todo de conformidad con lo previsto en el articulo 292 del Código Orgánico Tributario. En este estado la Parte Actora, expone: “Solicito al tribunal que los bienes Embargados Ejecutivamente, se dejen bajo la Guarda y Custodia de la ciudadana Daisy Maria Macias Morales, antes identificad, es todo”. Seguidamente este Juzgado Ejecutor de Medidas acuerda dejar los bienes embargados bajo la guarda y custodia de la ciudadana Daisy Maria Macias Morales, títular de la cedula de identidad N° 3.081.966, de acuerdo a lo solicitado por la Parte Actora, quien acepta la responsabilidad sobre el recaída, con la firma al pie de la presente acta. Siendo las 11:40 a.m., se ordena el regreso del Tribunal a su sede de origen. Es todo, termino, se leyó y conformen firman. -Fdo- LA JUEZ PROVISORIO. ABG. GABRIELA SOFIA MOLINA GONZALEZ Firma Ilegible (L.S.).-Fdo- La Parte Actora. Firma Ilegible, Abg. Mireya Tapia.-Fdo-. El Notificado Pedro Luis Rivero M. Firma Ilegible.-Fdo- El Notificado-Guardador. Daisy Maria Macias M. Firma Ilegible. –Fdo- Delegado SENIAT. Firma Ilegible, Abg. Mireya Tapia. –Fdo- Perito Avaluador. Firma Ilegible. Juan C. Pérez R. -Fdo- LA SECRETARIA. ABG. YETZAIDA M. TORO VARELA Firma ilegible (L.S.)