REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, uno de diciembre de dos mil cuatro
194º y 145º
ASUNTO : KH01-F-1990-000011
A C T A
Yo, Patricia Cabrera Manfredi, titular de la Cédula de Identidad Nro. 9.472.150, en mi condición de Juez del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Estado Lara, declaro: Me inhibo de conocer en la presente causa por INTERDICCION, interpuesta por GUSTAVO ADOLFO MELENDEZ GONZALEZ, y donde funge como abogada de la parte solicitante la abogada MAGALY ALVAREZ SILVA, por cuanto existe enemistad manifiesta entre la mencionada abogada y la Juez que suscribe, inhibición ésta que ha sido declarada con lugar en anterior oportunidad por el Juzgado Superior, todo de conformidad con el numeral 18 del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia expídase copia certificada de la presente acta, de la actuación de la referida abogada y de la sentencia que declara con lugar inhibición anterior emanada del Tribunal Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y Menores del Estado Lara, y remítase a la URDD para su distribución entre los Tribunales Superiores a los fines de que se pronuncien sobre la presente inhibición, previa apertura del cuaderno. Remítase el expediente a la URDD para su distribución entre los Tribunales de Primera Instancia Civil, Mercantil y Tránsito del Estado Lara, a los fines consiguientes. Desele salida.
LA JUEZ

ABG. PATRICIA CABRERA MANFREDI
Seguidamente se remite expediente constante de una pieza. Se libraron oficios Nros. 0900- 3580, 3581 remitiendo expediente principal y Nros. 3582 y 3583 respectivamente cuaderno signado con el Nro. KH01-X-2004-173.
Sec;

PCM/nancy