REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, siete de diciembre de dos mil cuatro
194º y 145º
ASUNTO : KP02-F-2004-000969
El ciudadano MILCIADES SEGUNDO HERNANDEZ ORDOÑEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 7.627.376, domiciliado en el Estado Mérida, manifestó estar separado de su esposa SALLY ELAINE HERNANDEZ ALVAREZ, venezolana, con C.I. Nº 7.357.114, de este domicilio, hace más de cinco (5) años, por lo que solicita el Divorcio. Acompañó Acta de Matrimonio. Admitida la solicitud el 09-11-2004, se acordó la comparecencia del cónyuge la cual fue lograda en forma personal. Se notificó a la Fiscal Decimoquinto del Ministerio Público quien consignó escrito.
Este Tribunal para decidir observa:
U N I C O: Cumplidos los requisitos del Artículo 185-A del Código Civil, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara DISUELTO el vínculo que contrajeran MILCIADES SEGUNDO HERNANDEZ ORDOÑEZ y, SALLY ELAINE HERNANDEZ ALVAREZ, por ante el Prefecto Civil del Distrito Barina Estado Barinas, en fecha 05 de Agosto de 1982. De dicha unión matrimonial procrearon un hijo actualmente mayor de edad. Ofíciese al Jefe Civil y al Registrador Principal correspondiente. La presente sentencia queda firme en su misma fecha.
Publíquese y regístrese.-
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Barquisimeto, a los siete días del mes de Diciembre de dos mil cuatro.
El JUEZ, LA SECRETARIA ACC.,

ABOG. PATRICIA CABRERA MANFREDI ABG. MARIA MILAGROS MEDINA
Publicada en su fecha a las 2:30 p.m. PCM/MMM/Zaira.