REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, Siete (07) de Diciembre de 2004.
Años 194° y 145°
“ACTA DE CONCILIACION Y MEDIACION”
ASUNTO: KP02-L-2004-001533
PARTE ACTORA: MARQUEZ COLMENARES FELIX RAMON, venezolano, mayor de edad, de éste domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V-4.734.084
APODERADOS DEL ACTOR: BELKIS T. LEÓN y CESAR A. DAVILA M, abogados en ejercicio inscritos en el Inpreabogado bajo el N° 92.241 y 25.639, respectivamente.
PARTES DEMANDADAS: SIDERURGICA DEL TURBIO, S.A. “SIDETUR”, Sociedad Mercantil domiciliada en Barquisimeto Estado Lara, inscrita por ante el Registro de Comercio llevado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, bajo el N° 41, folio 91 al 98, libro Adicional N° 1 y HECKETT MULTISERV INTERMETAL INC, firma mercantil inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda en fecha 28 de Enero del año de 1988, bajo el N° 32, Tomo 22-A Pro.
APODERADO JUDICIALES DE LAS PARTES DEMANDADAS: Por SIDERURGICA DEL TURBIO, S.A. “SIDETUR”, HECTOR BRAVO BRAVO, Abogado en ejercicio inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 1.811.
Por la Firma Mercantil: HECKETT MULTISERV INTERMETAL INC, BORIS DE JESUS FADERPOWER ROMERO, abogado en ejercicio inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 47.652.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.
En el día hábil de hoy, Siete (07) de Diciembre del año 2004, siendo las diez y media de la mañana (10:30 a.m.), oportunidad fijada para que tenga lugar la celebración a la Audiencia Preliminar en el presente asunto, se deja constancia de que se encuentra presentes las empresas SIDERURGICA DEL TURBIO, S.A. “SIDETUR”, representada judicialmente por HECTOR BRAVO BRAVO, Abogado en ejercicio inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 1.811; así como la ciudadana ROCIO PILAR ALCALA MACHADO , venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-3.314.222, con el carácter Gerente de Personal de “SIDETUR” y la empresa HECKETT MULTISERV INTERMETAL INC, representada judicialmente por BORIS DE JESUS FADERPOWER ROMERO, abogado en ejercicio inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 47.652, así como el ciudadano LEONARDO LOPEZ BORROME, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 3.014.785, con el carácter de Gerente de Finanzas de la firma mercantil demandada.
Este Juzgado deja expresa constancia de que la parte demandante, MARQUEZ COLMENARES FELIX RAMON, venezolano, mayor de edad, de éste domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V-4.734.084, no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno. Los apoderados de las firmas mercantiles demandadas consignan poderes para su respectiva certificación. En este estado, y dada la incomparecencia de la parte demandante a este acto, de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.
En Barquisimeto, a los siete (07) días del mes de Diciembre del año dos mil cuatro. Años: 194° y 145°.-
La Juez
Abg. Carmen Rosa Campolargo
La Secretaria
Abg. Maria Alexandra Odón de Florido.
Las Partes,
APODERADO JUDICIALES DE LAS PARTES DEMANDADAS: Por SIDERURGICA DEL TURBIO, S.A. “SIDETUR”, HECTOR BRAVO BRAVO.
ROCIO PILAR ALCALA MACHADO
Por la Firma Mercantil: HECKETT MULTISERV INTERMETAL INC, BORIS DE JESUS FADERPOWER ROMERO
LEONARDO LOPEZ BORROME
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