REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL No.9
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA
EN SU NOMBRE
Barquisimeto, 29 de Enero de 2004
Años: 193° y 144°
ASUNTO: KP01-O-2003-000507
Se recibe el presente asunto procedente de la Corte de Apelaciones de esta Jurisdicción, con sentencia sobre RESOLUCION DE CONFLICTO DE COMPETENCIA, en ponencia del Dr. LEONARDO LOPEZ APONTE, declarando competente a este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control, para conocer sobre la solicitud de Amparo Constitucional, presentado por los accionantes MARIANNY ELENA CASTELLANOS MELENDEZ y VERONICA ROJAS, debidamente asistidas por los abogados OSCAR MARINO ARDILA ZAMBRANO y FIDEL LEONARDO MONSALVE MORENO, quienes además se acreditan la representación de los Ciudadanos ZULEY ANTONIO DOMINGUEZ TERAN, ARNALDO JOSE ALVARADO BETANCOURT y GUSTAVO ANTONIO GALINDEZ, todos plenamente identificados en la solicitud de Amparo Constitucional. Citándose como presuntos agraviantes a los ciudadanos: JAIRO ARAUJO, CESAR ARAUJO, RADAMES CANIGIANI, MANUEL COROVA, CARLOS DÍAZ, JUAN CARLOS HERNANDEZ, DARWIN LINARES, JOSE LUIS PARADA, JOSE PERALTA, JESÚS RODRÍGUEZ FIGUERA, JOSE RANGEL y LEON SÁNCHEZ, todos funcionarios públicos e igualmente identificados en el escrito contentivo de la Solicitud de Amparo.
En virtud de la decisión de la Corte de Apelaciones, esta juzgadora, en estricto acatamiento a la decisión del Tribunal a-quem, actuando como Jueza Constitucional y a los fines de garantizar el debido proceso de conformidad con lo previsto en el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, se aboca al conocimiento de la Solicitud de Amparo Constitucional de conformidad con lo previsto en el artículo 341 del Código de Procedimiento Civil en relación con los artículos 21 y 48 de la Ley Orgánica de amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales. Notifíquese a las partes del contenido del presente auto.
Notifíquese, regístrese y publíquese. Cúmplase.
La Jueza de Control No. 9
Dra. Pilar Fernández de Gutiérrez
El Secretario
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