REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Ejecucion de Barquisimeto
Barquisimeto, 27 de Enero de 2004
193º y 144º
ASUNTO PRINCIPAL: KP01-P-2001-000352
Visto el Informe suscrito por la T.S. Zulay Barrios, Delegado de Prueba, donde informa al Tribunal que el ciudadano EVIES GODOY ELIAS, titular de la Cédula de Identidad No. 10.847.232 a quien le fue concedido el Beneficio de Régimen Abierto, solicita se le conceda PERMISO ESPECIAL. Este Tribunal visto y analizado el presente asunto NIEGA EL PERMISO ESPECIAL, por cuanto para que el penado pueda optar al permiso se requiere entre otras condiciones haber permanecido en el Centro de Tratamiento Comunitario por un tiempo igual o mayor de 12 meses y el Beneficio de Régimen Abierto le fue concedido en fecha 29/10/2003. Ofíciese lo conducente. Cúmplase.-
El Juez de Ejecución No. 4
El Secretario
Abg. Alvaro Javier Guerrero Acosta
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