REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS IRIBARREN, CRESPO Y URDANETA
En fecha 15/01/2004, siendo la oportunidad fijada por el Tribunal, se constituyó la Juez y Secretario en la dirección indicada en el Acta. A solicitud de la Apoderada Actor, para cumplir el Embargo Preventivo, nos atiende la Gerente de la empresa, y se notificó de la misión del Tribunal. Y asistida de Abogado propone pagar la totalidad de la deuda exigible incluidos gastos de Perito y Depositario. La Apod. Actor acepta y en efecto recibe el pago en efectivo y pide sea devuelta las actuaciones al Comitente para su homologación y archivo. El Tribunal acuerda devolver lo actuado y cumplida su misión, regresa a su sede siendo las 3:10 pm. Se levantó Acta y la firman los intervinientes.