REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL DEL L.O.P.N.A. EXTENSIÓN BARQUISIMETO.
Este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley pasa a decidir en los siguientes terminos: Vista la solicitud de la Defensora Pública Ma. I. Fernández solicita autorice el permanecer en Betijoque Edo. Trujillo en (Datos Omitidos) éste Tribunal acuerda lo solicitado, en consecuencia autoriza al adolescente a los fines de que se traslade su residencia a Betijoque Estado Trujillo, asimismo, se le asigna la vigilancia y cuidado del referido adolescente a su hermano (Identidad Omitida), con la obligación de informar al Tribunal cualquier cambio de residencia que tenga el obligado; y se declara el cese de la medida cautelar prevista en el Art. 582 literal Cde la LOPNA. Presentación periódica ante este Tribunal.