REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS IRIBARREN, CRESPO Y URDANETA
En fecha 17/02/2004, siendo la oportunidad fijada por el Tribunal, se constituyó el Juez y Secretario en la dirección indicada en el Acta. A solicitud del Endost. en Procuración, para cumplir el Embargo Preventivo, nos atiende el Gerente de la Demandada, y se notificó de la misión del Tribunal. El Juez designa Perito y Depositario, el Apod. Actor señala bienes del 1 al 63, y el Perito los valora en 21.635.000 Bs., el Juez los Embarga consumando la desposesión jurídica. El Notificado asistido de Abog., ofrece convenio de pago. El Endosatario acepta y pide se deje los bienes en custodia del Notificado, se remita lo actuado al Comitente. El Tribunal cumplida su misión, regresa a su sede siendo las 4:45 pm. Se levantó Acta y la firman los intervinientes.