REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS IRIBARREN, CRESPO Y URDANETA

En fecha 09/02/2004, siendo la oportunidad fijada por el Tribunal, se constituyó el Juez y Secretario en la dirección indicada en el Acta. A solicitud de los Apoderados Actores, para cumplir el Embargo Preventivo, nos atiende el Consultor Jurídico de la empresa, y se notificó de la misión del Tribunal, e informa al Tribunal el estrado del crédito. La Parte Actora señala para embargar el crédito por la cantidad de 10.662.814,50 Bs. El Juez lo Embarga Preventivamente y declara la desposesión jurídica, ordenando que llegada la fecha de pago se emita Cheque de Gerencia a nombre del Comitente, por el monto ya indicado. El Tribunal cumplida su misión regresa a su sede siendo las 10:20 am. Terminó, se leyó y conformes firman: