REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, siete de julio de dos mil cuatro
194º y 145º

ASUNTO : KP02-S-2002-005355

Revisadas las presentes actuaciones y visto el Desistimiento de la Solicitud de Entrega Material, suscrita por la Abogada ILEANA PORTELES MEZA, inscrita en el I.P.S.A. bajo los Nos. 80.219, en su carácter de Apoderada Judicial del ciudadano: MIGUEL SEGUNDO PINTO, el Tribunal le imparte su correspondiente Homologación, se da por terminado el presente proceso, de conformidad con el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, entréguese los originales solicitados, dejándose en su lugar copia certificada de los mismos, de conformidad con el Artículo 112 del Código de Procedimiento Civil. Archívese el expediente-
El Juez,

Dr. Julio César Flores Morillo
El Secretario Acc.

Greddy Eduardo Rosas Castillo
JCF/Gdv.