REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL Y DE TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA. Carora, 19 de Julio de 2.004.
La ciudadana Neuris Rosa Lozada Meléndez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 13.181.278, domiciliada en Burere, Parroquia Las Mercedes, Municipio Torres del Estado Lara, asistida por el Abogado en ejercicio Jesús Alonso Pérez González, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 76.445, presentó escrito por ante este Tribunal en el cual solicitó la Rectificación de su Acta de Nacimiento, la cual se encuentra inserta por ante la Jefatura Civil de la Parroquia Chiquinquirá, Municipio Torres del Estado Lara, bajo el Nº 371, de fecha 24 de Octubre de 1.977, por cuanto se incurrió en los errores al asentar el apellido de su padre como “LOSADA”, siendo lo correcto “LOZADA” y el nombre de la madre como “EMERITA DE LA M. MELENDEZ DE LOSADA”, siendo lo correcto “EMERITA DE LAS MERCEDES MELENDEZ DE LOZADA”.
La solicitud se admitió requiriéndose a la solicitante consignar su certificación de Datos Filiatorios y notificar al ciudadano Fiscal VIII del Ministerio Público. Asimismo, por auto de fecha 14-07-2004, se requirió la consignación de los Datos Filiatorios de la madre de la solicitante.
Ahora bien, este Tribunal para decidir observa:
Con los recaudos acompañados a la solicitud y la consignación de las Certificaciones de Datos Filiatorios de la solicitante y de su madre, quedan plenamente comprobados los errores asentados en el Acta de Nacimiento de la ciudadana Neuris Rosa Lozada Meléndez y no habiendo objeción por parte del Fiscal VIII del Ministerio Público en relación a lo solicitado, éste Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA dicha rectificación en el sentido de que se asiente correctamente en el Acta de Nacimiento de la solicitante, el apellido del padre como “LOZADA” quedando sin efecto “LOSADA” y el nombre de la madre como “EMERITA DE LAS MERCEDES MELENDEZ DE LOZADA”, quedando sin efecto “EMERITA DE LA M. MELENDEZ DE LOSADA”. En consecuencia, se ordena al Jefe Civil antes mencionado y al Registrador Principal del Estado Lara, insertar la correspondiente nota marginal en el Acta de Nacimiento antes descrita. Expídanse copias certificadas de esta sentencia a los interesados y envíense las necesarias a las autoridades Civiles competentes mediante oficios a los fines legales consiguientes. Expídase copia certificada por secretaría de esta sentencia y archívese.
Regístrese y Publíquese.
Dada, sellada y firmada en la sala del Despacho del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Carora, 19 de Julio de 2004. Años 194º y l45º.
El Juez Titular,

Abg. RAFAEL ALBAHACA MENDOZA
El Secretario,

Abg. JOSE FERNANDO CAMACARO TOVAR

Esta misma fecha se registró bajo el Nº 151-2.004, se publicó siendo las
9:30 a.m. y se expidió copia certificada para archivo.
El Secretario,


Abg. JOSE FERNANDO CAMACARO TOVAR

RAM/mdeu.4
Exp. 6833-04