REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DEL MUNICIPIO IRIBARREN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Tercero del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, diecinueve de julio de dos mil cuatro
194º y 145º

ASUNTO : KP02-V-2004-000691


De conformidad con lo establecido en el artículo 607 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal declara:
Visto que la parte demandada señala que acordó con la parte actora en el contrato que le sirve de instrumento fundamental a ésta, que cualquier controversia será dirigida por un árbitro arbitrador, y que fueron escogido en ese acto Esther Gauthier de Goldin o Miguel Ángel Gauthier Torres, y que efectivamente este Tribunal constata que en la cláusula compromisoria que riela al folio 16 queda establecido lo antes especificado, se ordena de conformidad con el artículo 617 del Código de Procedimiento Civil, suspender el curso de la causa y pasar inmediatamente las copias certificada de los autos a los árbitros nombrados. Librese oficio al Colegio de Contadores del Estado Lara, con el fin de solicitar la dirección del árbitro MIGUEL ANGEL GAUTHIER TORRES.

LA JUEZ



ABOG. PATRICIA RIOFRIO PEÑALOZA

LA SECRETARIA:


MARÍA MILAGRO SILVA
Seguidamente se libró oficio Nro.
La Sec;