REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS PALAVECINO Y SIMON PLANAS
JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS PALAVECINO Y SIMON PLANAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA.
Cabudare, 28 de Julio de 2004.
Años: 194° y 145°
Expediente N° 2.232-04
Daños Materiales.
Visto el desistimiento del procedimiento, formulado por la parte demandante, y por cuanto no es contrario a derecho, versa sobre bienes disponibles, y la parte demandada expresó su consentimiento sobre el mismo, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su homologación, de conformidad con lo establecido en los artículos 263 y 265 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, expídase copia certificada del presente auto para la carpeta respectiva del Archivo de este Juzgado. Archívese el presente expediente y remítase en su oportunidad al Archivo Judicial Regional. Cúmplase.
La Juez.
Dra. Coromoto de Del Nogal.
El Secretario.
Abg. Daniel González.
Seguidamente, se cumplió lo ordenado. Se expidió copia certificada del presente auto para la carpeta respectiva del Archivo de este Juzgado. El Secretario.
Abg. Daniel González.