Quíbor, 26 de Julio de 2004
194° y 145°
EXP. N° 1428.
Partes: ANGELA DOLORES LISCANO CASTILLO
MARCIAL JOSE PINTO PEREZ
Beneficiarios: PINTO LISCANO: ANGELY MASSIEL, WILDER YOEL y CHRISTIAN JOSE.
Motivo: Pensión Alimentaria
Visto el CONVENIMIENTO inserto al folio Veintiocho (28), formulado por las Partes en Juicio, ante la Fiscalía Décima Séptima del Ministerio Público del Estado Lara, quien lo remite a este Juzgado a los fines de la Homologación, por cuanto tal actuación no es contraria a los intereses de los Beneficiarios, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, tomando en cuenta el Interés superior del Niño y del Adolescente, establecido en el articulo 8 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente, imparte su HOMOLOGACIÓN, de conformidad con lo establecido en el articulo 375 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente. Se ordena la anexar al Cuaderno de cumplimiento Alimentario Copia Certificada de la presente Homologación. Se deja sin efecto el Oficio librado a la Empresa Transporte Acilara. Se ordena oficiar a la Empresa Transporte Ciro Mendoza, ordenando las retenciones acordadas por las Partes en Juicio. Cúmplase.
LA JUEZA TEMPORAL
DRA. YUNIA ROSA GOMEZ DUARTE
LA SECRETARIA
ABG. MARILUZ CASTEJON PEROZO
En esta misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado en auto.
LA SECRETARIA
ABG. MARILUZ CASTEJON PEROZO
YRGD/MCP/milagro
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