REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO TORRES

En el día de hoy, Jueves primero (01) del año dos mil cuatro siendo las doce del medio día se traslado el Juzgado Ejecutor de Medidas del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara y se constituyo con la presencia del ciudadano Juez Abg. Rafael José Martínez Rivero con su secretario Abg. Hugo Enrique Carrasco Ortega en un inmueble ubicado en el kilómetro 52 de la carretera Lara-Zulia, específicamente en la población de Puricaure, Municipio Torres del Estado Lara y el cual se identifico con un letrero en su frente donde se lee “Bar Restaurant Puricaure”, a los fines de dar cumplimiento al Despacho de Comisión enviado del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de esta Circunscripción Judicial, consistente en el retiro de los bienes descritos en Acta de Embargo de fecha 22 de Diciembre del 2003, los cuales se encuentran en guarda y custodia del ciudadano Joaquin Augusto de Andrade de Faria y proceda a nombrar nuevo Depositario y hacerle entrega de los mismos. Para el momento de la visita de el Tribunal se encuentra presente en el inmueble donde este se constituyo un ciudadano que se identificó de manera verbal con el nombre de Frank Ibarra el cual no suministro el numero de cedula de identidad y a quien el Tribunal notificó de su misión. Acompañan al Tribunal la parte actora Carlos Alberto Guanipa con su apoderado Abg. Hugo Zambrano y el Guardia Nacional Jesús Rafael Barrera Hernández titular de la C.I. 5.502.859. Seguidamente el Tribunal designa en el cargo de Depositaria Judicial a la ciudadana Maria Elena Montes de Oca titular de la C.I. 5.932.458, y quien estando presente acepto el cargo para el cual fue designada, y juro cumplir bien y fielmente con las obligaciones inherentes al mismo. En este estado, este Tribunal Ejecutor de Medidas del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en ejecución de la comisión conferida hace entrega material y formal a la Depositaria Judicial designada de los siguientes bienes muebles: 1.) un (01) Enfriador de cuatro puertas (04) de vidrio con motor, marca: Tecumseh, serial TP119AS216085303F2402; 2.) Una (01) Cava tipo cuarto de tres por tres (3x3) metros serial: CO1-1065, con motor marca: Copeland Copelametio, serial: KAJB-01-00-CAV-200, con difusor marca Frank Dar modelo DF2, serial 2013; 3.) Un (01) Enfriador de cuatro puertas de vidrio marca Troicar, serial C, con motor sin serial visible; 4.) Doce (12) Cuatros musicales grandes; 5.) Veintinueve (29) Cuatros musicales pequeños; 6.) Ocho (08) Cavas de anime pequeñas; 7.) Cuatro (04) Cavas de anime grande 8.) Un ( 01) Thermo de anime y plástico de diez litros; 9.) Diez (10) Thermos de anime y plástico de cinco litros 10.) Un (01) Equipo de sonido de tres CDS marca: Aiwa color plateado modelo CX-NSZ700LH, serial 8BNFJ-032 con dos cornetas. Todos los bienes antes señalados los mantendrá la Depositaria Judicial designada en este acto en la siguiente dirección. Calle San Juan entre Contreras y Carabobo, casa número 7-95 de la ciudad de Carora Estado Lara. No habiendo mas nada que realizar en el Tribunal ordena el regreso a su sede siendo las dos de la tarde. Termino, se leyó y conformes firman.

El Juez Provisorio El Abogado y la parte Actora.


La depositaria El Guardia Nacional


El Secretario.






Exp. 589/2004.