REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Transitorio de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, quince de julio de dos mil cuatro
194º y 145º

ASUNTO : KP02-L-2003-000755
PARTE ACTORA. MARCHAN DE PEREZ, MARIA PASCUALA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA. LIVIA RODRIGUEZ DE MARKIN Y JUAN JULIAN JIMENEZ.
PARTE DEMANDADA. EJECUTIVO DEL ESTADO LARA
APODERADOS DE LA DEMANDADA. MIRLA QUIÑONES, CARLOS CHACIN, ENMIS CAROLINA DUQUE Y ROSBELD MICHEL ALVAREZ S.
MOTIVO. COBRO DE BOLIVARES.

En el dia de despacho de hoy, siendo las 2:00.p.m dia y hora fijados para que tenga lugar la suspensión de la audiencia preliminar, se anunció el acto a las puertas del Tribunal y comparecieron, unicamente los apoderados de la demandada ENMIS C DUQUE CRESPO y ROSBELD D ALVARTEZ E, inscritos en el inpreabogado bajo los Nos. 92.047 y 92.463. El Tribunal deja constancia que siendo las 2:20.p.m, la parte actora no compareció ni por si ni por intermedio de apoderados a audiencia preliminar (prolongación) por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Segundo de sustanciación, mediación y ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. publiquese y registrese. Termino, se leyó y conformes firman. Se cerró la audiencia a las 2:30.p.m.

El Juez



Abog. Enio José Rivero Yaguas
Los apoderados de la demandada,


La Secretaria


Hilda de Quiñones.