REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL
CIRCUNSCIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA
TRIBUNAL DE EJECUCION
Barquisimeto, 10 de Junio de 2004
Años 192º y 144º
ASUNTO PRINCIPAL: KP01-P-1999-001633
Revisadas como han sido las presentes actuaciones, este Tribunal de Ejecución, para decidir observa:
Consta al folio 1099, auto de ejecución y cómputo de pena de fecha 26/06/2003, en contra del penado: ROMÁN DELFÍN RAMÍREZ, titular de la cédula de identidad No. E-81.844.414, sentenciado a cumplir la pena de DOCE AÑOS DE PRESIDIO, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, tipificado en el artículo 407 del Código Penal.-
Ahora bien, consta en autos al folio 556 copia certificada del acta de defunción expedida por la Jefatura Civil de la PARROQUIA CRISTO DE ARANZA. MUNICIPIO MARACAIBO. ESTADO ZULIA, donde se evidencia que el ciudadano ROMÁN DELFÍN RAMÍREZ, penado en el presente asunto FALLECIO en fecha 24/12/1991, a consecuencia de INFARTO AL MIOCARDIO; por lo que se le declara extinguida la pena por muerte del penado.-
DISPOSITIVA
Por las razones anteriores, este Tribunal de Ejecución, Administrando Justicia en Nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA EXTINGUIDA LA PENA, por muerte del penado ROMÁN DELFÍN RAMÍREZ, titular de la cédula de identidad No. E-81.844.414, de conformidad con el articulo 103 del Código Penal Vigente.
En consecuencia, notifíquese al Fiscal Décimo Tercero del Ministerio Público. Líbrese la correspondiente Boleta de Libertad Plena. Remítase el presente asunto al archivo Judicial de este Circuito Judicial Penal, a los fines de su archivo y conservación. CUMPLASE.-
EL JUEZ DE EJECUCION No. 4
ABG. FRANCIS RIVAS VALECILLOS
EL SECRETARIO
carmen t.
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