REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintidós de junio de dos mil cuatro
194º y 145º
ASUNTO : KP02-F-2003-000025
Vista la solicitud de pensión de alimentos realizada por la abogada MARY ISABEL TOVAR, de Inpreabogado No. 90.211, en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana DORIS JOSEFINA APONTE MELENDEZ en su condición de parte actora en el presente juicio de DIVORCIO que sigue contra el ciudadano NAPOLEON DE JESUS SUAREZ PERDOMO, el Tribunal la niega por no existir la obligación de alimentos entre los cónyuges, de conformidad con lo previsto en el el primer aparte del artículo 139 del Código Civil, por haber cesado la vida en común en virtud de la demanda propuesta, habiendo incluso la demandante, quien ahora reclama pensión de alimentos, solicitado autorización para separarse del hogar, la cual le fue acordada. Déjese copia.
La Juez
Tamar Granados Izarra
La Secretaria Acc.
María Fernanda Alviárez Rojas
*men*