REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintiocho de junio de dos mil cuatro
194º y 145º
ASUNTO : KH02-V-2001-000104
PARTE ACTORA: FÁTIMA RODRÍGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la C.I. Nro. 13.036.270, de este domicilio.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: Abogado ARMANDO GOYO M., inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nro. 27.110, de este domicilio.
PARTE DEMANDADA: AGOSTINHO DOS SANTOS RIBEIRO, mayor de edad, titular de la C.I. Nro. E-81.952.170 extranjero, de este domicilio.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA PERENCION DE LA INSTANCIA EN JUICIO DE NULIDAD DE DOCUMENTO DE VENTA
Se inició el presente juicio de NULIDAD DE DOCUMENTO DE VENTA intentado por la ciudadana FATIMA RODRIGUEZ, contra el ciudadano AGOSTINHO DOS SANTOS RIBEIRO, el cual se admitió en fecha 18/07/2001, por ante este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Estado Lara, se libraron las respectivas compulsas (f. 24). En fecha 10/10/2.001, el Alguacil del Tribunal entregó citación al demandado, negándose éste a firmar (f. 30). En fecha 15/10/2001 compareció por ante este Tribunal la Abogada Patricia Vargas Sequera y solicitó se libre boleta de notificación a fin de que la secretaria de este Tribunal se traslade a practicar la misma(f. 31). En fecha 16/10/2001 se libró boleta de notificación (f. 32) En fecha 24/10/2001 el Alguacil del Tribunal entregó citación al ciudadano Victor Roberto de Andrade Ribeiro, la cual consignó sin firmar (f. 33). En fecha 30/10/01 la Abogada Patricia Vargas Sequera solicitó se libre cartel de citación al codemandado Víctor Roberto Andrade Ribeiro (f. 39). En fecha 05/11/2001 el Tribunal acordó la citación del codemandado Víctor Roberto Andrade Ribeiro por medio de carteles (f. 43). En fecha 06/11/2001 el Abogado Charles Valente González recibió el cartel de citación (f. 45). En fecha 15/11/2001 el abogado Charles Valente González ratificó la solicitud de medida preventiva contenida en el libelo de la demanda, en el sentido que el Tribunal acordara la apertura del Cuaderno de Medidas y se decretaran y ejecutarán las providencias cautelares (f. 46). En fecha 19/11/01 la demandante consignó ejemplar de EL INFORMADOR de contentivo de la citación al demandado (f. 47-50). En fecha 20/11/2001 el Tribunal negó la medida cautelar innominada solicitada (f. 51). En fecha 27/11/2001 el Abogado Ibrahim Urdaneta Castro apeló la decisión del Tribunal de negar la medida cautelar (f. 55). En fecha 03/12/2001 el Tribunal acordó oír la apelación en un solo sentido y remitió copia al Juzgado Superior Distribuidor (f. 56). En fecha 19/02/2002 el Abogado Ibrahim Urdaneta Castro solicitó el avocamiento de la Juez. En fecha 20/02/2002 la Juez Elizabeth Salas Duarte se avocó al conocimiento de la causa. En fecha 13/06/2002 el Juzgado Superior ratificó la decisión del Tribunal de origen (f. 90-93). En fecha 06/05/2003 el Abogado Charles Valente González solicitó el avocamiento de la Juez (f. 97). En fecha 23/05/2003 la Juez Titular Tamar Granados Izarra se avocó al conocimiento de la causa (f. 98).
El artículo 267 del Código de Procedimiento Civil en su encabezamiento establece:
SIC: “Toda instancia se extingue por el transcurso de un año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes”.
En el presente caso, se observa que desde la última actuación de impulso procesal en fecha 06/05/2003 en el que el Abogado Charles Valente González solicitó el avocamiento de la Juez (f. 97), hasta la fecha, ha transcurrido más de un año sin que se cumpliera ningún acto de impulso procesal, por lo cual, se verificó en el presente caso, el supuesto de hecho previsto en la norma parcialmente transcrita, en razón de lo cual este Juzgado, de conformidad con los artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA LA PERENCION DE LA INSTANCIA, en el presente juicio de NULIDAD DE DOCUMENTO DE VENTA, seguido por FATIMA RODRIGUEZ, contra el ciudadano AGOSTINHO DOS SANTOS RIBEIRO, identificado en autos.
NOTIFIQUESE A LAS PARTES.
REGISTRESE Y PUBLIQUESE. DEJESE COPIA.
Dado, sellado y firmado en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara. En Barquisimeto a los veintiocho (28) días del mes de Junio de dos mil cuatro. AÑOS: 194° y 145°.
La Juez
La Secretaria
TAMAR GRANADOS IZARRA
MARIA FERNANDA ALVIAREZ
En la misma fecha se publicó y se dejó copia.
La Sec.
TGI/g.p.
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