REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Tribunal Transitorio de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintidós de junio de dos mil cuatro
194º y 145º

ASUNTO : KP02-L-2003-000178
Actor : JULIO CESAR FLORES RUMBOS
ABOGADO ASISTENTE DEL ACTOR, MARIA JOSE GONZALEZ Inscrito en el , Inpreabogados bajo el N°_ 89.293
Demandada: LINEA PRIMERO DE OCTUBRE C.A. . representada por CLISANTO R. ROJAS CORDOBA
ASISTENTE DE LA DEMANDADA: ANTONIO JOSE GARCIA RAMOS inscrito en el Inpreabogados N°_34.329

En el día de despacho de hoy; 22-06-2004 siendo las 2:00PM comparecen las partes antes identificadas a los fines de realizar la AUDIENCIA PRELIMINAR prolongada dandose inicio asi a la audiencia , las partes después de haberse ejercido todos los medios posibles para que se llevara a cabo la conciliación por parte del Juez del Tribunal, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la LOPT , No obstante que las partes mantienen sus posiciones con el fin de dar por terminado el presente juicio de precaver futuro y eventuales litigios, y de mantener unas relaciones amistosas, a los fines de dar por concluido el presente litigio las partes conviene en el siguiente acuerdo:
Primero : la demandada ofrece cancelar Bs. 6.000.000,00 en cheque de Gerencia a nombre del trabajdor y de la siguiente manera:
El día viernes 25-06-2004 Bs. 3.000.000,00
El día Miercoles 4-8-2004 Bs. 3. 000.000,00
Suma esta que comprende los diversos conceptos previsto en la demanda respectiva
No obstante que las partes mantienen sus posiciones con el fin de dar por terminado el presente juicio de precaver futuro y eventuales litigios, y de mantener unas relaciones amistosas,

- En consecuencia ambas partes solicitan la homologación del presente juicio y orden el archivo del expediente., y da por concluido el presente proceso,
El Tribunal da por terminado el juicio homologándolo en todas y cada una de sus partes , ordenando el cierre del asunto informativamente y la remisión del mismo al deposito del Archivo Judicial una vez conste en autos el ultimo pago de la obligaión contraida.
El JUEZ,

Abg. ENIO JOSE RIVERO YAGUAS


LAS PARTES,




EL TRABAJADOR RECLAMANTE