REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL No. 9
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA
EN SU NOMBRE
Barquisimeto, 17 de Febrero de 2004
Años: 193° y 144°
ASUNTO: KP01-S-2003-004134
Visto como ha sido el presente asunto, se OBSERVA: Que se hace necesario a los fines de un pronunciamiento OFICIAR a la NOTARIA QUINTA DE BARQUISIMETO, solicitándole remita a este Tribunal copia certificada del documento No. 85 inserto al Tomo 196 de fecha 8-05-01 cuyos otorgantes presumiblemente son los ciudadanos JAIRO ADMEN GAMEZ RIVERA y EDWARD JOSE SANTEIZ CASTILLO, versando la transacción sobre la compra-venta de un vehículo, en virtud de lo cual se ORDENA oficiar lo conducente. En este mismo acto se ORDENA NOTIFICAR una vez mas al solicitante EDUARD SANTELIZ CASTILLO, la necesidad en que esta de hacerse asistir por abogado en todas las actuaciones que presente por ante este Tribunal, a los fines de garantizar una defensa técnica y dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 4 de la Ley de Abogados. Ofíciese y notifíquese lo conducente. Regístrese, publíquese y cúmplase.
La Jueza de Control No. 9
Dra. Pilar Fernández de Gutiérrez
El Secretario