REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL DEL L.O.P.N.A. EXTENSIÓN BARQUISIMETO.
Oídas las pretensiones de las partes el Juez anunció que procede a dictar pronunciamiento en los siguientes términos: Este Tribunal de Control N°. 1, Abog. Aura Ottamendi de Romero, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley Acuerda: se está en presencia del delito de Robo Agravado. En consecuencia se concede la libertad, pero se le impone medida cautelar sustitutiva prevista en el Art. 582 literal "A" y "F" (Detención domiciliaria bajo vigilancia policial y prohibición de comunicarse con la víctima. Se solicitan copias al Tribunal de Control que conoce de la causa en relación al otro imputado adulto y se ordena la remisión a la Fiscalía.