REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, treinta de marzo de dos mil cuatro
193º y 145º
ASUNTO : KP02-S-2004-001389
El ciudadano JORGE LUIS UNDA CASSANY, venezolano, mayor de edad, con C.I. No. 11.792.979, de este domicilio, presento escrito donde solicita la RECTIFICACION DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, ya que por error asentaron el apellido de casada de la madre como "DE OROPEZA", siendo lo correcto "DE UNDA" . La solicitud se admitió a sustanciación, y se acordó notificar a la Fiscal del Ministerio Público.
Este Tribunal para decidir observa:
UNICO: Con los recaudos acompañados y la notificación de la Fiscal Décimo Quinto del Ministerio Público consignada, ha quedado comprobado el error, por lo que este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ACUERDA rectificar la PARTIDA DE NACIMIENTO de la solicitante antes identificada, en el sentido de que se asiente correctamente el apellido de su madre cual es "DE UNDA". En consecuencia, se ordena al JEFE CIVIL DEL MUNICIPIO IRIBARREN DEL ESTADO LARA, y al REGISTRADOR PRINCIPAL DEL ESTADO LARA, inserten la nota marginal correspondiente en la PARTIDA DE NACIMIENTO No. 4665, folio 220 vto. Año 1974. La presente sentencia queda firme en esta misma fecha.-
Publíquese y regístrese.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal, en Barquisimeto a los 30 días del mes de Marzo del dos mil cuatro.- Años: 194º y 145º.-

LA JUEZ,
(FDO)
ABG. PATRICIA CABRERA MANFREDI
LA SECRETARIA ACC.,
(FDO)
ABG. LORELY PINEDA M.

Publicada en su fecha a las 1:00 p.m. Seguidamente se oficio bajo los Nos. 0900-1006 y 0900-1007. PCM/LPM/Zaira