REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, dos de marzo de dos mil cuatro
193º y 145º
ASUNTO : KH02-M-2001-000057
PARTE ACTORA: ERASMO VIVAS GUERRERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 10.173.953, de este domicilio.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: HONORIO R. PERNALETE D., en su carcater de Endosatrio en Procuración, venezolano, mayor de eded, Abogado inscrtito en el Inpreabogado bajo el N°.61.966 , de este domicilio.
PARTE DEMANDADAS: MARGARITA MUJICA y LUIS GOMEZ. venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad N°. 1.700.160 y 10.173.953 , de este domicilio.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA. PERENCION DE LA INSTANCIA EN JUICIO DE COBRO DE BOLIVARES.
LA JUEZ TITULAR TAMAR GRANADOS IZARRA se avoca al conociemiento de la causa. Se inició el presente juicio de COBRO DE BOLIVARES, intentado por ERASMO VIVAS GUERRERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 10.173.953, de este domicilio, a travez de su Endosatrio en Procuración, Honorio Pernalete, venezolano, mayor de eded, Abogado inscrtito en el Inpreabogado bajo el N°. 61.866, de este domicilio contra MARGARITA MUJICA Y LUIS GOMEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad N°. 2.789.793 y 1.700.160, de este domicilio, mediante demanda admitida el 01-12-2001, se acordo citar a la parte demandade mediante boleta, se decreto medida de prohibicion enajenar y gravar, una vez conste en autos el tribunal ejecutor a practicar la medida. En fecha 07-11-2001, se dicto auto acordando guardar la letra de cambio en la caja fuerte del tribunal, En fecha 20-09-2002. mediante diligencia el abogado Honorio Pernalete, consignando las copias simples del libelo de la demanda a los fines de practicar la citación. En fecha 22-02-2002 se dicto auto acordando librar las boletas de intimación. En fecha 02-04-2002 el alguacil titular de este despacho consigno boleta de intimación de la ciudadana Margarita Mujica sin firmar. En fecha 28-10-2002 el abogado Honorio Pernalete solicito el avocamiento de la juez. En fecha01-11-2002 la Juez Carmen Rosa Campolargo se avoco al conocimiento de la presente causa. En fecha12-11-2002 el alguacil de este tribunal consigno boleta del ciudadano Luis Gomez sin firmar. El Tribunal para decidir observa:
El artículo 267 del Código de Procedimiento Civil en su encabezamiento establece:
SIC: “Toda instancia se extingue por el transcurso de un año
sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las
partes”.
En el presente caso, desde la diligencia en fecha 01-12-2002 la parte actora no realizó ninguna actuación dirigida a impulsar el procedimiento, por lo cual transcurrió más de un año de inactividad procesal, se verificándose en el presente caso, el supuesto de hecho previsto en la norma parcialmente transcrita, y por ello, este Juzgado, de conformidad con los artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA LA PERENCION DE LA INSTANCIA, en el presente juicio de COBRO DE BOLIVARES seguido por Erasmo Vivas Guerrero, a travez de su endosatario en procuracion Honorio Pernalete, contra los ciudadanos Margarita Mujica y Luis Gomez, ambos identificados en autos.
NOTIFIQUESE A LAS PARTES
REGISTRESE Y PUBLIQUESE. DEJESE COPIA.
Dado, sellado y firmado en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara. En Barquisimeto a los dos días del mes de Marzo de dos mil cuatro. AÑOS: 193° y 145°
La Juez
TAMAR GRANADOS IZARRA
LA SECRETARIA
MARIA FERNANDA ALVIAREZ
En la misma fecha se publicó y se dejó copia.
La Secretaria
TGI/dmg
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