REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transitode la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, dos de marzo de dos mil cuatro
193º y 145º

ASUNTO : KP02-M-2002-000456

PARTE ACTORA: CARLOS JOSE GUEDEZ, venezolano, mayor de edad titular de la cédula de identidad N° 5.241.681.

ENDOSATARIO: FRANCISCO A. LEAL, venezolana, mayor de edad titular de la cédula de identidad N° 4.504.270 inscrito en el IPSA bajo el N° 55.548,

PARTE DEMANDADA: WALTER ALDANA MASCAREÑO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.852.347

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA. PERENCION DE LA INSTANCIA EN JUICIO COBRO DE BOLIVARES VIA INTIMATORIA.

La Juez Titular TAMAR GRANADOS IZARRA, se avoca al conocimiento de la presente causa. Se inició el presente juicio de COBRO DE BOLIVARES VIA INTIMATORIA. , intentado por el FRANCISCO A. LEAL, venezolana, mayor de edad titular de la cédula de identidad N° 4.504.270 inscrito en el IPSA bajo el N° 55.548 en su carácter de endosatario en procuración del ciudadano CARLOS JOSE GUEDEZ, venezolano, mayor de edad titular de la cédula de identidad N° 5.241.681 contra el ciudadano: WALTER ALDANA MASCAREÑO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.852.347, el cual se admitió por auto de fecha 23/10/02 oportunidad en la cual se decreto medida de Embargo Preventiva.
El artículo 267 del Código de Procedimiento Civil en su encabezamiento establece:
SIC: “Toda instancia se extingue por el transcurso de un año
Sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes”.

En el presente caso, se observa que desde la actuación de la parte actora en fecha 02/10/02 en la cual consigno demanda de Cobro de Bolívares hasta la presente fecha, ha transcurrido más de un año sin que se cumpliera ningún acto de impulso procesal, por lo cual, se verificó en el presente caso, el supuesto de hecho previsto en la norma parcialmente transcrita, en razón de lo cual este Juzgado, de conformidad con los artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA LA PERENCION DE LA INSTANCIA, en el presente juicio de COBRO DE BOLIVARES VIA INTIMATORIA, seguido por el ciudadano CARLOS JOSE GUEDEZ contra el ciudadano WALTER ALDANA MASCAREÑO, ambos identificadas en autos.
NOTIFÍQUESE A LAS PARTES
REGISTRESE Y PUBLIQUESE. DEJESE COPIAS.
Dado, sellado y firmado en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara. En Barquisimeto a los dos días del mes de Marzo de dos mil cuatro. AÑOS: 193° y 145°.
LA JUEZ

TAMAR GRANADOS IZARRA

LA SECRETARIA

MARIA FERNANDA ALVIAREZ
En la misma fecha se publicó y se dejó copia.
La Secretaria
TGI/Milagro