REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS IRIBARREN, CRESPO Y URDANETA

En fecha 24/03/2004, siendo la oportunidad fijada por el Tribunal, se constituyó el Juez y Secretario en la dirección indicada en el Acta. A solicitud de los Apoderados Actores, para cumplir el Embargo Preventivo, nos atiende un Ciudadano, y se notificó de la misión del Tribunal. El Juez designa Perito y Depositario, previa juramentación, el Apod. Actor señala bienes del 1 al 12. El Notificado para evitar la medida cancela la suma de 3.360.411,29 Bs., por conceptos embargados. El Actor acepta el pago y que nada adeuda el Notificado y pide se devuelva lo actuado al Comitente para su homologación. El Tribunal cumplida su misión, regresa a su sede siendo las 12:50 pm.. Se levantó Acta y la firman los intervinientes.