REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS PALAVECINO Y SIMON PLANAS

JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS PALAVECINO Y SIMON PLANAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA.
Cabudare, 22 de Marzo del 2004
Años: 193º y 145º

Expediente Nº 2.092-03.

Vista la diligencia cursante al folio 92 del presente expediente, suscrita por la Abogado en ejercicio YULECZI MEDINA DE BERNAL, en su carácter acreditado en autos, mediante la cual desiste de la presente acción, por cuanto tal actuación no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley le imparte su HOMOLOGACION a dicha actuación, de conformidad con lo previsto en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil.- Expídase por Secretaría copia certificada del presente auto, para la carpeta de archivo respectiva.- Archívese el expediente y remítase en su oportunidad al Archivo Judicial.
La Juez Provisoria.



Dra. Coromoto de Del Nogal.


El Secretario.


Abog. Daniel González.

Seguidamente se dió cumplimiento a lo ordenado. Se archivó el expediente constante de 94 folios útiles.
El Secretario.


Abog. Daniel González.