REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Transitorio de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veinticuatro de marzo de dos mil cuatro
193º y 145º

ASUNTO : KP02-L-2003-000350
PARTE ACTORA. AGUILAR ANGELICA YELIMAR
ABOGADA ASISTENTE DEL ACTOR. JOALICE C JIMENEZ P
PARTE DEMANDADA CENTRO DE ESTETICA Y SPA MONSERRATT DEL ESTE
APODERADOS DE LA DEMANDADA, SANDRA CASTILLO Y JESUS A PIÑERUA DE LIMA
MOTIVO. COBRO DE PRESTACIONES

En el dia de despacho de hoy, siendo las 2:00.p.m dia y hora fijados para que tenga lugar la prolongación de la audiencia Preliminar en el preente juicio, presente unicamente el apoderado de la parte demandada abogado JESUS ALEJANDRO PIÑERUA DE LIMA, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 53.414, dándose asi inició a la prolongación de la audiencia preliminar, El Tribunal deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Prolongación de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en Regimen Transitorio procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONSTANCIA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Publiquese y Registrese. la presente decisión.



El Juez



Abog. Enio José Rivero Yaguas
El apoderado de la demandada.


La Secretaria


Hilda de Quiñones.