REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, 26 de Marzo de dos mil Cuatro (2004)
Años 193º y 145º

ASUNTO: KP02-L-2003-00001107
PARTE ACTORA: LELLYS PACHECO, CEDULA DE INDENTIDAD N° 3.085.091
ABOGADA APODERA DE LA PARTE ACTORA: FRANKLIN AMARO IPSA NRO. 32.784
PARTE DEMANDADA: COMPLEJO DE PICINAS BOLIVARIANAS
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA:
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.

Hoy, 26 de Marzo del 2004 siendo las nueve y media de la mañana (09:30 a.m.) día y hora fijados para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, Se deja expresa Constancia que la parte demandada no compareció, ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno, al presente procedimiento. Y la parte actora tampoco compareció, ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 193° y 145°.
El Juez.
Abg. Socorro Teresa Campos Montesinos


La Secretaria


Abg. Lisbel Matos Suárez.