REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS IRIBARREN, CRESPO Y URDANETA

En fecha 18/05/2004, oportunidad fijada, se constituyó el Juez y Secretario en la dirección del Acta a solicitud de la Parte Actora. A fin de cumplir el Secuestro de Vehículo, siendo atendidos por un Ciudadano que para el momento conducia el vehículo, y se notificó de la misión del Juez, quien designa Perito Avaluador previa juramentación, y efectúa la descripción y detalles del vehículo, el Juez vista la identificación plena del mismo procede a declaralo Secuestrado y lo entrega a la Parte Actora quedando en posesión del mismo, y declara recibirlo en el estado en que se encuentra, pide se le expida copia certificada del acta y que se remita lo actuado al Juez de la causa. El Juez acuerda expedir la copia solicitada y remitir lo actuado al Comitente. El Tribunal cumplida la misión, regresa a su sede siendo las 3:30 pm. Se levantó Acta y la firman los intervinientes.