REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, 26 de Mayo de dos mil Cuatro (2004)
Años 194º y 145º
ASUNTO: KP02-L-2004-000564
PARTE ACTORA: JENNY YAJAIRA YEPEZ PEREZ
ABOGADA APODERA DE LA PARTE ACTORA: IPSA NRO. 32.784
PARTE DEMANDADA: SERENOS YARACUY C.A. (Sereyarca)
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: ANTONIO MARCANO CRUZ IPSA N° 28.386
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.
Hoy, 26 de Mayo del 2004 siendo las dos y media de la tarde (02:30 p.m.) día y hora fijados para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, Se deja expresa Constancia que la parte demandada SERENOS YARACUY C.A. (Sereyarca) compareció el abogado apoderado ANTONIO MARCANO CRUZ IPSA N° 28.386, al presente procedimiento. Y por la parte actora no compareció, ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 194° y 145°.
El Juez.
Abg. Socorro Teresa Campos Montesinos
La Secretaria
Abg. Lisbel Matos Suárez.
El presente
|