REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, cinco de noviembre de dos mil cuatro
194º y 145º
ASUNTO : KP02-S-2004-008357
Vista la solicitud presentada por el ciudadano JOSE PASTOR SAAVEDRA RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 18.333.166, de este domicilio, asistido de abogado, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas bienhechurías que fomentó a expensa propias con dinero de su propio peculio, ubicadas en EL SECTOR Nuevo Barrio, carrera 14 con callejón 14 s/n, Parroquia Unión, Municipio Iribarren del Estado Lara, sobre un lote de terreno ejido, que mide 100 Mts.2; alinderadas de la siguiente manera NORTE: con terrenos ocupados por Omaira Rodríguez; SUR: con terrenos ocupados por Lucy Pérez; ESTE: con terrenos ocupados por Mary Sanchez; y OESTE: con carrera 14, que es su frente. Dichas bienhechurías consisten en una cerca de bloques, nivelación de tierras, bases de concreto y árboles frutales. El valor invertido es la cantidad de CINCO MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 5.000.000,00), y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos ALIRIO MELENDEZ Y RAFAEL LOPEZ, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO a favor del ciudadano JOSE PASTOR SAAVEDRA RODRIGUEZ ya identificado, en las bienhechurías antes descritas en el presente decreto el cual no podrá ser registrado sin la debida autorización del propietario del terreno sea un ente público o privado, conforme al acuerdo del primero de abril de 1.970, dictado por la Corte Suprema de Justicia en la Sala Político Administrativa, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
La Juez
Tamar Granados Izarra
La Secretaria
María Fernanda Alviarez
TGI/g.p.
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