REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS PALAVECINO Y SIMON PLANAS

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS PALAVECINO Y SIMON PLANAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA.

Cabudare, 26 de Octubre de 2004
Años: 194° y 145°

Vista la solicitud de homologación presentada por la Fiscal Décimo Cuarto del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, del acuerdo relacionado con Obligación Alimentaria, suscrito en su presencia por los ciudadanos MARIA DEL ROSARIO CAMPOS DE OVIEDO y MIGUEL ANGEL ROO DURAN, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-3.445.807 y 9.545.963, respectivamente, en su condición de abuela materna y padre del Adolescente (Identificación omitida dando cumplimiento al artículo 65 de la LOPNA), dèsele entrada y anótese en el Libro de Causas llevado por este Juzgado. Ahora bien, por cuanto se observa que, el acuerdo suscrito fue celebrado ante un Funcionario Público, facultado para ello conforme lo dispone el literal f) del artículo 170 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, este Tribunal le imparte su HOMOLOGACION. En consecuencia, téngase como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Déjese copia certificada por Secretaría del presente auto para el Archivo de este Juzgado. Cúmplase

La Juez,

Dra. Coromoto de Del Nogal.


El Secretario,

Abog. Daniel González.

Seguidamente, se cumpliò lo ordenado. Se le dio entrada, quedando anotada bajo el Nº 2.303-04.-


El Secretario,

Abog. Daniel Gonzàlez.