REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veinticinco (25) de Octubre de 2004
Años 194º y 145º
ACTA
N° DE EXPEDIENTE: KP02-S-2004-007634
PARTE ACTORA: PABLO MIGUEL PADUA, venezolana mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 5.250.148.
ABOGADAS DE LA PARTE ACTORA: inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros.
PARTE DEMANDADA: SERVICIO Y TRANSPORTE DE BRITO, representada por el ciudadano RICARDO DE BRITO
MOTIVO: CALIFICACION DE DESPIDO
Hoy, veinticinco (25) de octubre de 2004, siendo las nueve y cuarenta y cinco de la mañana (09:45 a.m.), oportunidad fijada para que tenga lugar la prolongación Audiencia Preliminar en la presente causa, se deja expresa constancia que una vez hecho el llamado respectivo de las partes en juicio, la parte actora no compareció ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, éste Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Lara en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISIÓN.
El Juez,
Abg. Danny Paúl Ortiz Rodríguez
La Secretaria
Abg. María Kamelia Jiménez
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