REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia Transitorio de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintinueve de octubre de dos mil cuatro
194º y 145º
ACTA
Asunto: KP02-L-2003-1144
PARTE DEMANDANTE: CARRASCO INFANTE JOSE LUIS, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nro. V-9.850.195.
ABOGADO DE LA PARTE DEMANDANTE: LUIS MIGUEL GONZALEZ LAMEDA titular de cédula de identidad N° 4.803.303.
PARTE DEMANDADA: INSTITUTO DE VIALIDAD DEL EDO. LARA (INVILARA)
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.
En el día de despacho de hoy , 29-10-2004, siendo la 1:14 p.m., comparece los Abogados GLEDYS PEREZ parte demandada y el Abogado LUIS MIGUEL GONZALEZ LAMEDA apoderado del demandante, los cuales solcitaron a la Juez se adelantara la celebración de la audiencia a los fines de dar por terminado el presente proceso, La Juez oidas la exposición de las partes acuerda lo solicitado. En este estado la abogada GLEDYS PEREZ, inpreabogado Nro.55.610, en su caracter de Jefe de personal de la empresa demandada Instituto de Vialidad del Estado Lara (INVILARA), consigna cheque Nro.14351935, por la cantidad de Bs. 2.569.040,14 girado contra Central Banco Universal a favor del ciudadano Carrasco Infante José Luis, por concepto de Antiguedad, bonificación de fin de año, Vacaciones, preaviso, Salarios Caídos y la correspondiente indemnización por despido.Seguidamente la parte demandante representada por el abogado LUIS MIGUEL GONZALEZ LAMEDA inpreabogado Nro.19.338 y expone: Acepto la cantidad ofrecida y consignada por la parte demandada, no teniendo más nada que reclamar a la demandada por estos ni por ningún otro concepto derivado de la relación laboral. Ambas partes solicitan se homologue el presente acuerdo y se ordene el cierre y el archivo del expediente.
La Juez oidas la exposición de las partes, habida cuenta que la mediación resultó positiva y observandose que el presente acuerdo se encuentra ajustado a los parametros de Ley ; pasa a dictar sentencia de forma oral declarando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley terminado el presente procedimiento por convenimiento entre las partes. Otorgandole así la homologación al presente acuerdo. Todo ello de conformidad con lo previsto en el articulo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. De igual forma se ordena el archivo y cierre el presente expediente. Así mismo se deja constancia que la presente Audiencia culminó a las 01:45 p.m. Es todo. Término se leyó y conforme firman.
LA JUEZ,
ABOG. EUGENIA MARIA ESPINOZA PIÑANGO
LAS PARTES COMPARECIENTES,
LA SECRETARIA,
ABOG. YRAIMA BETANCOURT
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