REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DEL MUNICIPIO IRIBARREN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Tercero del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, seis de septiembre de dos mil cuatro
194º y 145º
ASUNTO : KP02-T-2004-000028

Vista la transacción efectuada por las partes de este proceso, el día 18 de mayo de 2004, mediante la cual la garante de la parte demandada: CORPORACION VENEZOLANA DE GARANTIAS C.A., en la persona de su apoderada MARIA AÑEZ, identificada en autos, reconocen adeudar a Luis Alberto Mora Morales la cantidad de UN MILLON QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs.1.500.000,oo) y que se comprometieron a dación en pago, para cancelar en la forma descrita en la referida transacción.
Este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en los artículos: 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA LA TRANSACCION en los términos expuestos por las partes. En consecuencia da por terminado el procedimiento y una vez conste en autos su cumplimiento se ordenará el archivo del expediente.
La Juez



Abog. Patricia Lourdes Riofrío Peñaloza
La Secretaria


Maria Milagro Silva