REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Transitorio de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, siete de septiembre de dos mil cuatro
194º y 145º

ASUNTO : KP02-L-2002-000208
PARTE ACTORA. ESCALONA JHONNA A
APODRADOS DE LA ACTORA. JOSE AGUSTIN IBARRA, PEDRO JOSE DURAN NIETO Y JOSE MARIN LABRADOR B
PARTE DEMANDADA. RED. CENTRO OCCIDENTAL DE TELEVISIÓN TELECENTRO CANAL 11
APODERADAS DE LA DEMANDADA. KATIUSKA VARGAS Y LUISEV GUEDEZ ALVAREZ.
MOTIVO. COBRO DE PRESTACIONES

En el dia de despacho de hoy, siendo las 2:00.p.m dia y hora fijados para que tenga lugar la prolongación de la audiencia preliminar, se anunció el acto a las puertas del Tribunal y comparecieron: por la parte demandada sus apoderadas abogadas LUISEV COROMOTO GUEDEZ A Y KATIUSKA C VARGAS, inpreabogado Nos. 61.138 y 35.490, se deja expresa constancia que la parte actora no compareció a la prolongación de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en Régimen Transitorio Procesal Laboral en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. AÑOS 194° y 145°. Termino, se leyó y conformes firman. Se cerró la audiencia a las 2:15.p.m

El Juez



Abog. Enio José Rivero Yaguas
Apoderadas de la demandada

La Secretaria


Hilda de Quiñones.