REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, uno de abril de dos mil cinco
194º y 146º
ASUNTO : KP02-F-2004-001078
El Ciudadano MIGUEL ANTONIO BARRIENTOS ALARCON, Venezolano, mayor de edad, de este domicilio, Titular de la Cédula de Identidad No. 1.534.193, manifestó estar separado de su cónyuge DORIS AMELIA TARAZONA GUERRERO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, con Cédula de Identidad Nº 3.311.478, desde hace más de cinco (5) años, por lo que solicita el divorcio. Acompañó acta de matrimonio. Admitida la solicitud el 15 de Febrero de 2005, se acordó la citación la cual fue lograda en forma personal. Se notificó la Fiscal Decimoquinto del Ministerio Público, quién consignó escrito.
Este Tribunal para decidir observa:
UNICO: Cumplidos los requisitos del Artículo 185-A del Código Civil, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara DISUELTO el vínculo que contrajeran los ciudadanos MIGUEL ANTONIO BARRIENTOS ALARCON y DORIS AMELIA TARAZONA GUERRERO, ya identificados, por ante la Jefatura Civil de la Parroquia La Pastora, Departamento Libertador del Distrito Federal, en fecha 23 de Abril de 1.968. De dicha unión matrimonial procrearon tres hijos de nombres DORIS AMELIA, MIGUEL ALEJANDRO y RICARDO LEON BARRIENTOS TARAZONA, mayores de edad. Ofíciese a la Jefatura Civil correspondiente y al Registro Civil. La presente sentencia queda firme en su misma fecha.
Publíquese y Regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. En Barquisimeto, al 1° de Abril de 2005.- Años: 194º de la Independencia y 146º de la Federación.
La Juez
Abog. Patricia Cabrera Manfredi
La Secretaria acc,
Abg. María M. Medina
PCM/MMM/ij.
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