REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA

EXPEDIENTE CIVIL Nro. KPO2-V-2004-001878(1831)

PARTE ACTORA: DAISY MACÍAS MORALES, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-3.081.966.
APODERADADOS DE LA PARTE ACTORA: ABG. SILVIA DICKSON URDANETA y TONNY LINAREZ PERAZA.
PARTE DEMANDADA: LAURA CRACO, titular de la C. I. N° 4.940.088.
MOTIVO: RECONOCIMIENTO DE FIRMA DE DOCUMENTO PRIVADO.
ÚNICO:

Por cuanto se observa que en fecha 31-03-05, compareció la ciudadana: LAURA CRACO, titular de la Cédula de Identidad Nro. 4.940.088, debidamente asistida por la abogada en ejercicio. Maira Dickson Urdaneta, en donde formalmente reconoció el contenido y firma del documento (facturas) motivo de la presente acción y cursante a los folios 2, 3 y 4, como emanado de su persona, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley y de conformidad con lo establecido artículos 444 y 445 del Código de Procedimiento Civil, téngase como Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada. En consecuencia, se declaran reconocidas las mencionadas facturas, se da por terminado el juicio y se ordena el archivo del expediente. Y así se decide.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la sala de despacho del Juzgado Segundo del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Barquisimeto al primer (01) día del mes de abril del año dos mil cinco.- AÑOS: 194º y 146º
EL JUEZ,


ABG. MARTÍN E. BONILLA A.
LA SECRETARIA,

EMMA GARCÍA.

Publicada en su fecha: 01-04-2005, a las 12:00.-
LA SECRT.,
Seguidamente se remitió el expediente al depósito del archivo Judicial.
La Sec.