REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, 20 de Abril de 2005
Años 195º y 146º

N° DE EXPEDIENTE: KP02-L-2005-000434
PARTE ACTORA: YULEIMY CASTAÑEDA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 14.649.399
PARTE DEMANDADA: ATRACCIONES CENTRALES, C.A. (Parque de Atracciones Chicolandia).
ABOGADA APODERADA DE LA PARTE DEMANDADA: LIGIA GARAVITO, IPSA N° 80.533
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
Hoy, 20 de Abril de 2005 siendo las nueve y treinta de la mañana (09:30 a.m.) día y hora fijado para que tenga lugar Audiencia Preliminar, comparecen por la parte accionada ATRACCIONES CENTRALES, C.A. (Parque de Atracciones Chicolandia), la abogada LIGIA GARAVITO, IPSA N° 80.533, apoderada judicial quien presentan documento original para dejar copia certificada, el cual se procede a agregar a los autos. En este estado el Tribunal deja expresa constancia de que no comparece ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno la parte demandante ciudadana YULEIMY CASTAÑEDA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 14.649.399, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 195° y 146°.
El Juez

Abg. William Simón Ramos Hernández
La Secretaria
Abg. Yesenia P. Vásquez R.
Firma la parte demandada en señal de asistencia