REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL

Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, ocho de agosto de dos mil cinco
195º y 146º

ASUNTO : KP02-S-2005-009029
Visto el ACUERDO suscrito por ante Fiscalía DécimaSéptima del Ministerio Público, entre los ciudadanos Andrés Eduardo Paredes Vargas y María del M;ar Delgado Torres, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 15.597.865 y 11.880.863 respectivamente, y de este domicilio, relacionado con la Homologación de Visitas en beneficio IDENTIFICACION OMITIDA DANDO CUMPLIMIENTO AL ARTICULO 65 DE LA LOPNA, este Tribunal le da entrada lo admite , cuanto a lugar en derecho por no ser contraria al orden público, buenas costumbres, o alguna disposición expresa de Ley, en consecuencia se dispone homologarlo en los siguientes términos:

Primero: El padre compartirá con su hijo, los días sábados y domingo, buscandola en el hogar materno en horas de la mañana y regresará el mismo día cuando la madre salga del trabajo. Además compartirá con su hija de lunes a viernes, previo acuerdo con la madre.
Segundo: Los días festivos de diciembre 24 y 31 serán alternados entre los padres un día con cada uno.

En consecuencia, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en artículos 315 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, HOMOLOGA el acuerdo suscrito por los ciudadanos Andrés Eduardo Paredes Vargas y María del M;ar Delgado Torres, y ordena que se tenga como una Sentencia Firme, haciendo saber a las partes que dicho acuerdo puede ser modificado posteriormente según las necesidades de las beneficiarias. Expídanse las copias certificadas que las partes soliciten.
Remítase copia certificada de la presente Decisión a Fiscalía DécimaSéptima del Ministerio Público
Dada, firmada y sellada en la Sala de Juicio N° 3 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Lara, en Barquisimeto, al Ocho (08) día del mes de Agosto de dos mil Cinco (2.005). Años: 195° y 146°.
La Juez de Juicio N° 3
La Secretaria
Dra. Abog. Nora Zumaya Valera Hernandez.

Asunto: KP02-S-2005-9029
Homologación Visitas
Mariela