REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL

CIRCUITO JUDICIAL PENAL
CIRCUNSCRIPCION DEL ESTADO LARA
TRIBUNAL DE JUICIO
Barquisimeto 14 de Diciembre de 2005
195º y 146
ASUNTO: KP01-P-2005- 005804
Vista la comunicación de fecha 29-11-05 suscrita por la Dra. Francis Marcella Díaz en su carácter de Juez Suplente de Control Nº 1, sección adolescente extensión Acarigua, Estado Portuguesa, en la cual solicita traslado del ciudadano YEPEZ PERAZA MANUEL EVELIO este tribunal observa:
PRIMERO: Que en reiteradas oportunidades ha sido necesario diferir la audiencia oral y pública, propia del juicio, que por la presunta comisión del delito de Hurto calificado se le sigue al ciudadano Yépez Peraza Manuel Evelio, cédula de identidad No. 22.103.428, por ausencia del identificado imputado, a pesar de tramitarse oportunamente la solicitud de traslado al Internado Judicial de Uribana, a la Sala de Juicio de este Circuito Judicial Penal.
SEGUNDO: Que en fecha 17 de octubre de 2005, mediante auto este Tribunal acordó traslado del imputado al estado Portuguesa a los fines de realizar audiencia Preliminar, a solicitud del ya mencionado Tribunal, por lo que ante la nueva solicitud recibida en el despacho el día de hoy 14-12-05 se acuerda oficiar CON CARÁCTER DE URGENCIA, al director del Internado Judicial a los fines de que informe las razones por las cuales el imputado no es trasladado en las oportunidades ordenadas por este Tribunal a los diferentes actos procesales.
TERCERO: Ofíciese al Tribunal Primero de Control, extensión Acarigua en el Estado Portuguesa, Sección Adolescente remitiendo copia del presente auto, así como la conveniencia de remitir vía fax,( 0251- 231-51-87) la solicitud de traslado señalando la oportunidad de la audiencia, a los fines de proveer oportunamente lo conducente.
Regístrese, publíquese, ofíciese y cúmplase.
La Jueza de Juicio No. 3
Dra. Pilar Fernández de Gutiérrez
La Secretaria
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo acordado en autos
La Secretaria